Abordar la amenaza a la seguridad nacional que representan las importaciones de madera y madera aserrada
En virtud de la autoridad que me confieren como Presidente la Constitución y las leyes de los Estados Unidos de América, incluida la sección 232 de la Ley de Expansión Comercial de 1962, en su forma enmendada (19 USC 1862) (Ley de Expansión Comercial), por la presente se ordena:
Sección 1. Política . La industria de productos de madera, compuesta por madera aserrada, madera de construcción y sus productos derivados (como productos de papel, muebles y ebanistería), es una industria manufacturera crucial para la seguridad nacional, la fortaleza económica y la resiliencia industrial de Estados Unidos. Esta industria desempeña un papel vital en sectores civiles clave, como la construcción.
Estados Unidos enfrenta vulnerabilidades significativas en la cadena de suministro de madera debido a que las importaciones de madera aserrada, de construcción y de productos derivados se inundan con dumping en el mercado estadounidense.
Estados Unidos cuenta con abundantes recursos madereros. La industria estadounidense de madera blanda tiene la capacidad de producción práctica para abastecer el 95 % del consumo de madera blanda del país en 2024. Sin embargo, desde 2016, Estados Unidos ha sido un importador neto de madera.
Los productos de madera son un insumo clave tanto para la industria de la construcción civil como para el ejército. Cada año, el ejército estadounidense invierte más de 10 000 millones de dólares en construcción. El ejército también invierte en tecnología innovadora de materiales de construcción, incluyendo procesos para crear productos de madera innovadores como la madera contralaminada. La adquisición de estos materiales de construcción depende de una sólida industria maderera nacional y de una base manufacturera capaz de satisfacer tanto las necesidades militares como las civiles en general.
Es política de Estados Unidos garantizar cadenas de suministro nacionales confiables, seguras y resilientes para la madera, la madera aserrada y sus productos derivados. Los subsidios injustos y el apoyo de gobiernos extranjeros a la madera, la madera aserrada y sus productos derivados exigen la adopción de medidas en virtud del artículo 232 de la Ley de Expansión Comercial para determinar si las importaciones de estos productos amenazan con menoscabar la seguridad nacional.
Sec . 2. Investigación . (a) El Secretario de Comercio iniciará una investigación conforme a la sección 232 de la Ley de Expansión Comercial para determinar los efectos sobre la seguridad nacional de las importaciones de madera, troncos y sus productos derivados.
(b) Al realizar la investigación descrita en la subsección (a) de esta sección, el Secretario de Comercio evaluará los factores establecidos en 19 USC 1862(d), denominado “Producción nacional para la defensa nacional; impacto de la competencia extranjera en el bienestar económico de las industrias nacionales”, así como otros factores relevantes, entre ellos:
(i) la demanda actual y proyectada de madera y productos de madera aserrada en los Estados Unidos;
(ii) the extent to which domestic production of timber and lumber can meet domestic demand;
(iii) the role of foreign supply chains, particularly of major exporters, in meeting United States timber and lumber demand;
(iv) the impact of foreign government subsidies and predatory trade practices on United States timber, lumber, and derivative product industry competitiveness;
(v) the feasibility of increasing domestic timber and lumber capacity to reduce imports; and
(vi) the impact of current trade policies on domestic timber, lumber, and derivative product production, and whether additional measures, including tariffs or quotas, are necessary to protect national security.
Sec. 3. Required Actions. (a) The Secretary of Commerce shall consult with the Secretary of Defense and the heads of other relevant executive departments and agencies as determined by the Secretary of Commerce to evaluate the national security risks associated with imports of timber, lumber, and their derivative products.
(b) No later than 270 days after the date of this order, the Secretary of Commerce shall submit a report to the President that includes:
(i) findings on whether imports of timber, lumber, and their derivative products threaten national security;
(ii) recommendations on actions to mitigate such threats, including potential tariffs, export controls, or incentives to increase domestic production; and
(iii) policy recommendations for strengthening the United States timber and lumber supply chain through strategic investments and permitting reforms.
Sec. 4. Definitions. As used in this order:
(a) The term “timber” refers to wood that has not been processed.
(b) The term “lumber” refers to wood that has been processed, including wood that has been milled and cut into boards or planks.
Sec. 5. General Provisions. (a) Nothing in this order shall be construed to impair or otherwise affect:
(i) the authority granted by law to an executive department or agency, or the head thereof; or
(ii) the functions of the Director of the Office of Management and Budget relating to budgetary, administrative, or legislative proposals.
(b) This order shall be implemented consistent with applicable law and subject to the availability of appropriations.
(c) This order is not intended to, and does not, create any right or benefit, substantive or procedural, enforceable at law or in equity by any party against the United States, its departments, agencies, or entities, its officers, employees, or agents, or any other person.
THE WHITE HOUSE,
March 1, 2025.