MODIFICACIÓN DE LOS DEBERES QUE ABORDAN LA CADENA DE SUMINISTRO DE OPIOIDES SINTÉTICOS EN LA REPÚBLICA POPULAR CHINA
Por la autoridad que me confieren como Presidente la Constitución y las leyes de los Estados Unidos de América, incluida la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional (50 USC 1701 y siguientes ), la Ley de Emergencias Nacionales (50 USC 1601 y siguientes ), la sección 604 de la Ley de Comercio de 1974, en su forma enmendada (19 USC 2483), y la sección 301 del título 3 del Código de los Estados Unidos, por la presente determino y ordeno:
Sección 1. Enmienda. Con respecto a la Orden Ejecutiva del 1 de febrero de 2025 (Imposición de aranceles para abordar la cadena de suministro de opioides sintéticos en la República Popular China), lo siguiente reemplazará la subsección (g) de la sección 2: “(g) El tratamiento de minimis
libre de aranceles según 19 USC 1321 está disponible para los artículos cubiertos que de otro modo serían elegibles descritos en la subsección (a) de esta sección, pero dejará de estar disponible para dichos artículos tras la notificación del Secretario de Comercio al Presidente de que existen sistemas adecuados para procesar y recaudar de manera completa y expedita los ingresos arancelarios aplicables de conformidad con la subsección (a) de esta sección para los artículos cubiertos que de otro modo serían elegibles para el tratamiento de minimis ”. Sec. 2. Disposiciones generales. (a) Nada de lo dispuesto en esta orden se interpretará como que perjudica o afecta de otro modo: (i) la autoridad otorgada por ley a un departamento ejecutivo, agencia o al jefe del mismo; o (ii) las funciones del Director de la Oficina de Administración y Presupuesto relacionadas con propuestas presupuestarias, administrativas o legislativas. (b) Esta orden se implementará de conformidad con la ley aplicable y sujeta a la disponibilidad de asignaciones.
(c) Esta orden no tiene por objeto crear, y no crea, ningún derecho o beneficio, sustantivo o procesal, exigible por ley o en equidad por ninguna de las partes contra los Estados Unidos, sus departamentos, agencias o entidades, sus funcionarios, empleados o agentes, o cualquier otra persona.
LA CASA BLANCA,
5 de febrero de 2025.