Reconocimiento federal de la tribu Lumbee de
Carolina del Norte

MEMORANDO PARA EL SECRETARIO DEL INTERIOR

ASUNTO: Reconocimiento federal de la tribu Lumbee del norte

Carolina

Sección 1.  Propósito y política. La tribu Lumbee de Carolina del Norte , conocida como el Pueblo del Agua Oscura, tiene una larga y rica historia. Los miembros de la tribu eran descendientes de varias naciones tribales de las familias lingüísticas algonquina, iroquesa y siouana, incluidos los hatteras, los tuscarora y los cheraw. Las aguas del río Lumbee y las tierras que lo rodean han protegido y provisto de sustento al pueblo Lumbee durante siglos a pesar de la guerra, las enfermedades y muchos otros peligros.

En 1885, el estado de Carolina del Norte reconoció al pueblo Lumbee como una tribu india. 1885 NC Sess. Laws 92.   En 1956, el presidente Dwight D. Eisenhower firmó la Ley Lumbee (Ley Pública 84-570, 70 Stat. 254) , que reconoció a los Lumbee como los indios Lumbee de Carolina del Norte, pero negó a los indios Lumbee los beneficios federales asociados con dicho reconocimiento. Hoy, según el estado de Carolina del Norte, la tribu Lumbee consta de más de 55.000 miembros, lo que la convierte en la tribu más grande al este del río Mississippi y la novena tribu más grande de la nación.

En 2024, la Cámara de Representantes de los Estados Unidos aprobó, por 311 votos a favor y 96 en contra, la Ley de Equidad Lumbee (HR 1101), que otorgaría a la tribu Lumbee pleno reconocimiento federal, pero esta legislación no fue considerada por el Senado de los Estados Unidos antes del final del 118.º Congreso. La Cámara de Representantes aprobó varias veces leyes similares.

Considerando la importancia histórica y moderna de la Tribu Lumbee, es política de los Estados Unidos apoyar el pleno reconocimiento federal, incluida la autoridad para recibir todos los beneficios federales, de la Tribu Lumbee de Carolina del Norte.

Sección 2. Directiva para el Plan de Reconocimiento.  (a) Dentro de los 90 días a partir de la fecha de este memorando, el Secretario del Interior revisará todas las autoridades aplicables con respecto al reconocimiento o aceptación de las tribus indígenas y, en consulta con el liderazgo de la Tribu Lumbee de Carolina del Norte, presentará al Presidente un plan para ayudar a la Tribu Lumbee a obtener el reconocimiento federal completo a través de la legislación u otros mecanismos disponibles, incluido el derecho a recibir beneficios federales completos.

(b) El plan incluirá la consideración y el análisis de cada vía legal potencial para efectuar el reconocimiento federal pleno de la Tribu Lumbee, incluso a través de una ley del Congreso, una acción judicial o los Procedimientos para el Reconocimiento Federal de Tribus Indígenas establecidos en la Parte 83 del Título 25 del CFR.

(c) Se autoriza y ordena al Secretario del Interior que publique este memorando en el Registro Federal .

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